Abogados especialistas en contencioso-administrativo
La Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo es aquella destinada al conocimiento y aplicación del Derecho en el orden administrativo o del Derecho administrativo, es decir, el referente al conjunto normativo destinado a la regulación de la actividad de la Administración pública en su versión contenciosa o del control de la legalidad y del sometimiento de ésta a los fines que la justifiquen. Así como para atender los recursos de los administrados contra resoluciones de la administración que consideran injustas.
Áreas de actividad penal
Conocimiento absoluto del derecho
Hay diferentes tipos de recursos administrativos: Alzada, Potestativo de Reposición, Extraordinario de Revisión Y la Reclamación Previa a la Vía Civil y Laboral. Una de las peculiaridades de la administración es lo que se conoce como Silencio Administrativo, este opera cuando se ha solicitado a la administración una pretensión y no contestan en el plazo que dispone la ley. El silencio administrativo puede ser estimatorio, es decir, si la Administración o el órgano al que solicita la pretensión no responde en el plazo que debiere se considera como estimatoria la pretensión, o negativo, lo que significa que si la administración no contesta en plazo se considerara desestimatoria la pretensión. Que el silencio administrativo sea estimatorio o desestimatorio dependerá de la Administración y de las leyes que dispongan
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-Abogado anónimo
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